Alquileres temporales, no residencia permanente. Para necesidades temporales (trabajo, estudio, nómadas digitales), generalmente de 32 días a un año, con condiciones negociables libremente y no cubiertas por las principales protecciones para inquilinos de la LAU. Si desea más información sobre propiedades de alquiler y la normativa para los diferentes tipos de alquiler, consulte nuestro blog.
Arrendamiento de Temporada
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